Decreto341-1970·1970

Viviendas. Banco Hipotecario del Uruguay. Dirección Nacional de Viviendas

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15 de julio de 1970

Fecha de publicación

17 de julio de 1970

Texto

Establécese que la aplicación del Decreto Nº 308/970 por el cual se autoriza al Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) a utilizar las disponibilidades del Fondo Nacional de Vivienda para la construcción de viviendas de interés social, se regirá por lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto Nº 302/969.

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