DecretoNº 360-1968·1968
Comercio exterior. Empresas periodísticas. Exoneración de impuesto
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
6 de junio de 1968
Fecha de publicación
12 de junio de 1968
Texto
Establécese que los beneficios que otorga el art. 50 de la Ley Nº 13.349 para las importaciones que realicen las empresas periodísticas, de radiodifusión y de televisión rige cuando la importación es realizada por las mismas y cuando es tramitada por intermedio de un importador debidamente autorizado por ellas y bajo su responsabilidad.
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