Decreto363-1978·1978

Determinación del aguinaldo para la actividad pública. Junio 1978

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28 de junio de 1978

Fecha de publicación

6 de julio de 1978

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase a las empresas del Estado a abonar a su personal dentro del mes de junio del corriente año el adelanto del medio sueldo anual complementario, correspondiente al semestre transcurrido entre el 1º de diciembre de 1977 y 31 de mayo de 1978.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.

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