Artículo 1 — Artículo 1
Fíjase en 35% (treinta y cinco por ciento) la Tasa Global Arancelaria para la importación de "Huevos de Gallina" Item NADI 04.05.01.01., la que estará compuesta por: 10% de Recargo 20% de Impuesto Aduanero Unico a la Importación 1% de Tasa de Movilización de Bultos 4% de Tasas Consulares