Decreto392-1983·1983

Autorización al Ministerio de Agricultura y Pesca para Realizar fiscalizaciones tributarias en el sector agropecuario

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de octubre de 1983

Fecha de publicación

31 de octubre de 1983

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase a las Direcciones y demás reparticiones del Ministerio de Agricultura y Pesca a proporcionar a la Dirección General Impositiva las informaciones que recaben en el cumplimiento de sus cometidos de policía administrativa de las actividades vinculadas al sector agropecuario, siempre que las mismas sean necesarias para el ejercicio de las facultades de investigación y fiscalización en materia tributaria.

Artículo 2Artículo 2

Facúltase a los funcionarios competentes del Ministerio de Agricultura y Pesca a exigir la exhibición de la documentación que acredite que los administrados han realizado las compras, ventas y demás operaciones sobre bienes y servicios, de acuerdo a lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias vigentes.

Artículo 3Artículo 3

Autorízase a la Dirección General Impositiva a suministrar a las diversas reparticiones del Ministerio de Agricultura y Pesca, las informaciones que éstas requieran para el cumplimiento de sus actividades de control, siempre que no implique una violación del secreto de las actuaciones administrativas.

Artículo 4Artículo 4

Los organismos mencionados podrán actuar conjuntamente en aquellas situaciones en que los respectivos Directores lo consideren oportuno.

Artículo 5Artículo 5

El presente Decreto entrará en vigencia por su publicación en dos diarios de la capital.

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, etc.

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