Decreto393-1976·1976

Modificación del arancel de importaciones y exportaciones. Endurecedores de elementos Dentales

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

1 de julio de 1976

Fecha de publicación

9 de julio de 1976

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Incorpórase en la Posición 38.19 del Arancel de Importaciones y Exportaciones de la Dirección Nacional de Aduanas el siguiente Item, referente a endurecedores de elementos dentales: Posición 38.19 15.00 Productos destinados a ser utilizados como endurecedores de los elementos dentales de la posición 30.05 en envases de un contenido igual o inferior a 20 gramos o 20 centímetros cúbicos.......mil KIE N$ 202.80 Der. 91,775 %.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

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