Decreto394-1965·1965

Comercio exterior. Importaciones. Exoneraciones tributarias. Maíz

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

2 de setiembre de 1965

Fecha de publicación

17 de setiembre de 1965

Texto

Otórgase a las importaciones de maíz que realicen las industrias nacionales, con destino a la fabricación de productos para consumo humano, los mismos beneficios tributarios otorgados a las importaciones de maíz para consumo animal.

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