Decreto411-1981·1981

Ajuste de escala de viáticos a funcionarios públicos

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19 de agosto de 1981

Fecha de publicación

27 de agosto de 1981

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase la escala de viáticos a percibir, de acuerdo a la reglamentación establecida en el decreto 819/975, de 28 de octubre de 1975 en: Categoría A: N$ 640,00; Categoría B: " 385,00; Categoría C: " 255,00.

Artículo 2Artículo 2

El presente decreto comenzará a regir a partir del 1º de setiembre de 1981.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc. -

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