Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase hasta el 31 de julio de 1976 la suspensión de la vigencia del decreto 443/971 de 15 de julio de 1971, dispuesta por el decreto 3/976 de 7 de enero de 1976, para las exportaciones de descarnes pickelados y "Wet Blue" que tengan cartas de créditos abiertos antes del 30 de junio de 1976.