Artículo 1 — Artículo 1
Los integrantes del cuerpo docente de la Escuela de Seguridad y Defensa nacional, serán categorizados, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo 22, artículos 223º y 224º de la ley 14.157, Orgánica Militar, artículo 22º del decreto 733/976 (Reglamentación de la Escuela de Seguridad y Defensa nacional) y resoluciones 53.136 y 53.156 referentes a designaciones de miembros de la Junta de Asesoramiento de Profesores de dicha Escuela.