Decreto466-1976·1976

Exoneración de consignaciones e impuestos a las importaciones realizadas por el servicio de material y armamento

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

27 de julio de 1976

Fecha de publicación

2 de agosto de 1976

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Declárase que el Servicio de Material y Armamento en cumplimiento del decreto 353/975, de fecha 29 de abril de 1975, está comprendido en los términos del artículo 2º del decreto 674/974, de fecha 29 de agosto de 1974 y del artículo 109º de la ley 14.416, de fecha 28 de agosto de 1975, como asimismo exonerado de los recargos de importación, incluso el mínimo establecido por el decreto 923/975, del 2 de diciembre de 1975 en su artículo 1º.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese y archívese.

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