Decreto482-1977·1977

Desafectación de exoneración tributaria del impuesto a los ejes en la Industria frigorifica

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24 de agosto de 1977

Fecha de publicación

5 de setiembre de 1977

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Déjase sin efecto la exoneración tributaria dispuesta por el artículo 4º del decreto 63/972, de 26 de enero de 1972, con respecto al Impuesto a los Ejes, debiendo los Frigoríficos abonar el mismo en las fechas y lugares establecidos por las disposiciones vigentes.

Artículo 2Artículo 2

Dese conocimiento al Consejo de Estado.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.

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