Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el Presupuesto de la Comisión Honoraria pro Erradicación de la Vivienda Insalubre Rural a regir desde el 1° de enero de 1982, por los montos en unidades físicas y nuevos pesos - que se detallan a continuación: (*)
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
30 de diciembre de 1982
Fecha de publicación
26 de enero de 1983
Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el Presupuesto de la Comisión Honoraria pro Erradicación de la Vivienda Insalubre Rural a regir desde el 1° de enero de 1982, por los montos en unidades físicas y nuevos pesos - que se detallan a continuación: (*)
Artículo 2 — Artículo 2
Créanse a partir del 1° de enero de 1982 los cargos siguientes: Cargo Denominación Programa 1 Subjefe de Administración Encargado de Depósito de Obras 1 Promotor Social I de Obras
Artículo 3 — Artículo 3
El organismo remitirá trimestralmente a esta Secretaría, los avances físicos y monetarios de su Programa de Obras, como asimismo lo ejecutado a nivel de la Administración.
Artículo 4 — Artículo 4
La adquisición prevista en el Plan de Inversiones sólo podrá financiarse con la venta de activos propiedad del Movimiento de Erradicación de la Vivienda Insalubre Rural.
Artículo 5 — Artículo 5
Comuníquese, publíquese, etc.