Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la Intendencia Municipal de Flores a modificar la base de imposición del Impuesto de Contribución Inmobiliaria Rural.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
17 de setiembre de 1980
Fecha de publicación
29 de setiembre de 1980
Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la Intendencia Municipal de Flores a modificar la base de imposición del Impuesto de Contribución Inmobiliaria Rural.
Artículo 2 — Artículo 2
Al formularse la modificación presupuestal para el ejercicio 1979, deberá incluirse una estimación fundada de recursos así como también del destino a darse de los mismos.
Artículo 3 — Artículo 3
Establécese que para el cálculo de la Contribución Inmobiliaria Rural se aplicará el decreto 248/979, de 9 de mayo de 1979, que fija un índice de actualización del 1,40 sobre el valor real 1977.
Artículo 4 — Artículo 4
Comuníquese, publíquese, etc.