Decreto498-1982·1982

Determinación de exoneraciones a los contribuyentes del impuesto a las rentas de la Industria y Comercio

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30 de diciembre de 1982

Fecha de publicación

31 de enero de 1983

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase en N$ 130.000.00 (nuevos pesos ciento treinta mil) para el año 1982, el monto del ingreso establecido en el artículo 66 del decreto 663/979, de 19 de noviembre de 1979, a efectos de quedar comprendidos en la exoneración del literal E) del artículo 25 del Título 2 del Texto Ordenado 1982.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

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