Decreto533-1968·1968

Tributos. Impuesto a las entradas brutas. Impuesto a las ventas y servicios

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

3 de setiembre de 1968

Fecha de publicación

6 de setiembre de 1968

Texto

Dispónese que los contribuyentes de los Impuestos a las Entradas Brutas y a las Ventas y Servicios, deberán efectuar una declaración jurada semestral ante la Oficina de Impuesto a la Renta, a efectos de agilitar su recaudación.

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