Artículo 1 — Artículo 1
Prorróganse hasta el 12 de junio de 1977 las exoneraciones a que alude el decreto 598/975 del 31 de julio de 1975.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
19 de agosto de 1976
Fecha de publicación
27 de agosto de 1976
Artículo 1 — Artículo 1
Prorróganse hasta el 12 de junio de 1977 las exoneraciones a que alude el decreto 598/975 del 31 de julio de 1975.
Artículo 2 — Artículo 2
Dese cuenta al Consejo de Estado.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.