DecretoNº 545-1974·1974
Autorización a la Administración de las Usinas Eléctricas y los Teléfonos del Estado, a verter determinada cantidad en la cuenta especial del Fondo Nacional de Vivenda por Aportes destinados a proporcionar vivienda a sus funcionarios
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
4 de julio de 1974
Fecha de publicación
12 de julio de 1974
Texto
Autorízase a la Administración de las Usinas y los Teléfonos del Estado (UTE) a verter en una cuenta especial del Fondo Nacional de Viviendas una suma de dinero por aportes con destino a proporcionar vivienda a sus funcionarios.
Normas sobre el mismo tema
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- Decreto 243-2025Reglamentación de la ley 20.237, relativa a normas para deudores en unidades reajustables del Banco Hipotecario del Uruguay y de la Agencia Nacional de Vivienda
- Decreto 50-2025Aprobación del programa nacional de ordenamiento Territorial
- Ley 20395Modificación de los arts. 2° y 4° de la ley 20.237, que aprobó normas para deudores en unidades reajustables del Banco Hipotecario del Uruguay y de la Agencia Nacional de Vivienda
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