Decreto545-1976·1976

Prórroga de beneficios tributarios a las importaciones realizadas en el marco del convenio de crédito entre los bancos centrales de Uruguay y argentina

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19 de agosto de 1976

Fecha de publicación

30 de agosto de 1976

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Prorróganse hasta el 4 de junio de 1977, las exoneraciones a que alude el decreto 958/974 del 28 de noviembre de 1974.

Artículo 2Artículo 2

Dese cuenta al Consejo de Estado.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Normas sobre el mismo tema