Decreto560-1976·1976

Desafectación de exoneración tributaria en la importación de equipos de seguridad para entidades bancarias

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24 de agosto de 1976

Fecha de publicación

3 de setiembre de 1976

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Déjanse sin efecto los artículos 4, 5 y 6 del decreto 779/971 del 30 de noviembre de 1971, en cuanto se refiere al otorgamiento de exoneraciones para la introducción de equipos destinados a la adopción de medidas de seguridad en todas las instituciones públicas y privadas que sean depositarias de dinero o manejo de fondos, como asimismo el cese en sus funciones de la Comisión creada por el referido decreto.

Artículo 2Artículo 2

Agradézcase a la Comisión los servicios prestados en el desempeño de sus funciones.

Artículo 3Artículo 3

Dese cuenta al Consejo de Estado, comuníquese, etc.

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