Artículo 1 — Artículo 1
Modifícase el desarrollo de la posición 85.22 del Arancel General de Importación la que quedará redactada de la siguiente manera: Posición 85.22 Máquinas y aparatos eléctricos no expresados ni comprendidos en otras posiciones del presente Capítulo. A. 00 Aceleradores de partículas nucleares ....... Aforo: Ad.......Val.........Der .........84%; B. 00 Generadores de baja y de alta frecuencia .... Unidad: KB. Af $ 24.34 ........Der 84%; C. 00 Los demás .......Af Ad. Val. Der. 84%.