Decreto572-1975·1975

Exoneración tributaria a las importaciones. Semen bovino congelado proveniente de Toros de pedigree

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17 de julio de 1975

Fecha de publicación

31 de julio de 1975

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase, hasta el 31 de diciembre de 1975, la vigencia de las disposiciones contenidas en los decretos 31/972, 582/972, 695/972, 123/973, 475/973, 9/974, 463/974 y 41/975, del 20 de enero, 17 de agosto y 26 de octubre de 1972, 8 de febrero y 28 de junio de 1973, 8 de enero y 10 de junio de 1974 y 9 de enero de 1975, respectivamente sobre importación de semen bovino congelado proveniente de toros de pedigree.

Artículo 2Artículo 2

Dése cuenta al Consejo de Estado.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

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