DecretoNº 575-1967·1967
Comercio exterior. Importaciones. Exoneraciones tributarias. Prórroga de plazo
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
31 de agosto de 1967
Fecha de publicación
5 de setiembre de 1967
Texto
Prorróganse hasta el 30 de setiembre de 1967 las franquicias cambiarias, aduaneras, etc. acordadas por Decreto N° 329/967 a las importaciones de alfalfa, pellets de alfalfa mezclas, forrajeros y pasto seco.
Normas sobre el mismo tema
- Decreto 137-2026Reglamentación del art. 211 de la ley 20.446, relativo a los beneficios a la importación de bienes vinculados al conocimiento cientifico, destinado a mejorar la Salud humana, animal o ambiental, a través de la exoneración tributaria a la importación
- Decreto 37-2026Incorporación al anexo I del decreto 48/022, la posición Arancelaria que se determina
- Decreto 39-2026Incorporación al anexo I del decreto 48/022, la posición Arancelaria que se determina
- Decreto 40-2026Incorporación al anexo I del decreto 48/022, la posición Arancelaria que se determina
- Decreto 63-2026Reglamentación del art. 212 de la ley 20.446, relativo al régimen de desempeño con dedicacion exclusiva, para hasta cuatro funcionarios de la asesoria tributaria
- Decreto 138-2026Prórroga de la vigencia del decreto 82/026, relativo al régimen de retenciones del impuesto a la renta de las personas físicas (IRPF), aplicable a la Industria de la construcción