Decreto592-1968·1968

Exoneración de impuesto. Importación mercaderías varias

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

1 de octubre de 1968

Fecha de publicación

7 de octubre de 1968

Texto

Determínanse las mercaderías, artículos y productos, que estarán exonerados parcial o totalmente del Impuesto a las Importaciones creado por la Ley Nº 13.637 de fecha 21 de diciembre de 1967, por el período que se determina. Mantiénese en vigencia lo dispuesto por el artículo 6 del Decreto N° 190/968 de fecha 5 de marzo de 1968 en cuanto a importaciones de mercaderias comprendidas en el Cuadro 31 del GATT, las que estarán sujetas a la tributación de la Ley arriba mencionada.

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