Artículo 1 — Artículo 1
Exonérase del impuesto creado por el artículo 185 de la ley 14.100 de fecha 29 de diciembre de 1972, a la importación de ómnibus que ingresen al país por vía terrestre destinados al servicio público de pasajeros.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
31 de julio de 1975
Fecha de publicación
7 de agosto de 1975
Artículo 1 — Artículo 1
Exonérase del impuesto creado por el artículo 185 de la ley 14.100 de fecha 29 de diciembre de 1972, a la importación de ómnibus que ingresen al país por vía terrestre destinados al servicio público de pasajeros.
Artículo 2 — Artículo 2
Dése cuenta al Consejo de Estado.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, publíquese, etc.