DecretoNº 617-1973·1973
Funcionarios. Remuneraciones. Descuentos
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
31 de julio de 1973
Fecha de publicación
6 de agosto de 1973
Texto
Exceptúase a las Unidades Ejecutoras del Programa 11.06 (Ejercicio del Ministerio Público, del Ministerio Fiscal, de la Abogacía del Estado y Actuación de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa) del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Nº 287/969, cuando los descuentos que deban aplicarse a sus funcionarios por paros o huelgas correspondan hacerse efectivos en los presupuestos de los meses de enero o julio.
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