Decreto629-1978·1978

Autorización para el pago del sueldo anual complementario para la actividad privada

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

8 de noviembre de 1978

Fecha de publicación

23 de noviembre de 1978

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Las sumas que por concepto de complemento voluntario del decimotercer sueldo abonen las empresas en los meses de diciembre de 1978 y enero de 1979, estarán exentas de todo aporte patronal y obrero a los Organismos de Seguridad Social y Banco de Seguros del Estado, incluyendo, asimismo, el impuesto del 2% de Timbres, recaudado por el Banco de Previsión Social.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.

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