Decreto65-1973·1973

Funcionarios bancarios. Retribuciones

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

18 de enero de 1973

Fecha de publicación

29 de enero de 1973

Texto

Auméntanse los sueldos básicos y compensaciones (salario vacacional, asignación familiar, prima por antigüedad, por Hogar Constituido, por Matrimonio, por Nacimiento) de los funcionarios del Banco Central del Uruguay (BCU), Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU), Banco Hipotecario del Uruguay (BHU), Banco de Seguros del Estado (BSE) y Caja Nacional de Ahorro Postal, a partir de Enero de 1973.

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