Decreto680-1980·1980

Impuesto al patrimonio

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24 de diciembre de 1980

Fecha de publicación

14 de enero de 1981

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase en N$ 505.600.00 (quinientos cinco mil seiscientos nuevos pesos) el mínimo no imponible del Impuesto al Patrimonio para el ejercicio 1980, para las personas físicas y sucesiones indivisas. Para el núcleo familiar se duplicará el importe mencionado en el inciso anterior.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

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