Decreto682-1974·1974

Exclusión de exoneración tributaria a la venta de cueros realizadas por frigoríficos a las curtiembres

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

29 de agosto de 1974

Fecha de publicación

5 de setiembre de 1974

Texto

Declárase que la exoneración de los tributos nacionales o municipales incluyendo timbres, impuesto único a la actividad bancaria y transacciones agropecuarias abarca tanto a las exportaciones como al mercado interno por las empresas frigoríficas, así como el impuesto de sellos de cargo de los productores y consignatarios en la venta de ganado. Derógase el Decreto 453/973 de 21 de junio de 1973 que declara que la exoneración tributaria prevista en el artículo 4º del Decreto 63/972 de 26 de enero de 1972 no alcanza a las operaciones de venta de cueros realizadas por los frigoríficos a las curtiembres.

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