Decreto127-1977·1977

Aprobación de tarifas de la Dirección de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Servicios de remolques nauticos

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

2 de marzo de 1977

Fecha de publicación

10 de marzo de 1977

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase en la suma de N$ 250.00 (nuevos pesos doscientos cincuenta) por hora la tarifa a regir durante el semestre comprendido entre el 1.o de enero y el 30 de junio de 1977, para los servicios de remolques náuticos que cumple la Dirección de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, computándose el tiempo a partir de la fecha en que luego de convenido el servicio -entre la Oficina de la zona y el interesado- el barco se encuentre a la orden y hasta que el mismo regrese a su apostadero habitual.

Artículo 2Artículo 2

Déjase sin efecto el decreto 990/975 de 23 de diciembre de 1975.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.

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