Ley16694·1995

IMPUESTO A LOS REMATES DE BIENES MUEBLES INMUEBLES Y SEMOVIENTES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/02/1995

Fecha de publicación

13/03/1995

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

La alícuota del Impuesto creado por la Ley Nº 12.700, de 4 de febrero de 1960 será del 1% (uno por ciento).

Artículo 2Artículo 2

(*)

Artículo 3Artículo 3

Acuérdase al Banco de Previsión Social la facultad prevista por el artículo 69 de la Ley Nº 16.134, de 24 de setiembre de 1990, en la redacción dada por el artículo 647 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, respecto de los establecimientos o empresas deudoras del Organismo.

Artículo 4Artículo 4

La omisión en la presentación de las declaraciones de ocupación, de las declaraciones juradas y de las denuncias de personal a que se refieren los artículos 13, 14 y 15 de la Ley Nº 15.852, de 24 de diciembre de 1986, constituyen infracciones cuya sanción se regirá por lo establecido por el artículo 3º de la Ley Nº 16.105, de 23 de enero de 1990.

Artículo 5Artículo 5

Otórgase a los sujetos pasivos del Banco de Previsión Social con obligaciones tributarias impagas, devengadas hasta el 31 de agosto de 1994, un plazo de ciento veinte días a partir de la vigencia de la presente ley, para acogerse a un régimen de financiación igual al establecido por los artículos 2º y siguientes de la Ley Nº 16.244, de 30 de marzo de 1992. En el caso de sujetos pasivos con obligaciones tributarias impagas, generadas por la construcción o refacción de única vivienda, el plazo para acogerse al régimen de financiación será de ciento ochenta días. Quedan excluidas de la presente disposición las obligaciones tributarias que hayan sido objeto de financiación al amparo de la referida ley. Podrán acceder al régimen referido, los contribuyentes o agentes de retención que acrediten el pago de las obligaciones exigibles a partir del 1º de setiembre de 1994.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

Esta norma es afectada por

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 24 de setiembre de 1990Modifica redacción (16134)
  2. 28 de diciembre de 1990Modifica redacción (16170)
  3. 24 de febrero de 1995Promulgación (16694)
  4. 13 de marzo de 1995Publicación (16694)
  5. 5 de enero de 1996Modifica (16736)
  6. 27 de marzo de 1996Deroga (16739)