Decreto224-1981·1981

Seguridad social

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

27 de mayo de 1981

Fecha de publicación

4 de junio de 1981

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Declárase que en el caso de los empleados de las Escribanías, afiliados a la Caja Notarial de Jubilaciones y Pensiones, tanto la determinación del sueldo básico de jubilación o pensión como la estimación de sus obligaciones tributarias respecto de dicha Caja se realizará sobre las remuneraciones reales percibidas.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

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