Artículo 1 — Artículo 1
Decláranse comprendidos en el decreto 288/975 de 10 de abril de 1975, las maquinarias, equipos, bienes y demás, introducidos al país de acuerdo al decreto 678/972 de 18 de octubre de 1972.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
6 de mayo de 1976
Fecha de publicación
12 de mayo de 1976
Artículo 1 — Artículo 1
Decláranse comprendidos en el decreto 288/975 de 10 de abril de 1975, las maquinarias, equipos, bienes y demás, introducidos al país de acuerdo al decreto 678/972 de 18 de octubre de 1972.
Artículo 2 — Artículo 2
Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1976, el decreto 288/975 de 10 de abril de 1975.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.