Decreto264-1981·1981

Aprobación del PLAN de inversiones públicas de la Administración Nacional de Puertos. Ejercicio 1980

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17 de junio de 1981

Fecha de publicación

25 de junio de 1981

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase el presupuesto operativo y de operaciones financieras de la Administración Nacional de Puertos para el ejercicio 1980 de acuerdo con la apertura siguiente: (*)

Artículo 2Artículo 2

La Administración Nacional de Puertos dispondrá la distribución de las partidas establecidas en el artículo anterior, de acuerdo con su apertura programática, y renglonaria cuando corresponda, y comunicará los mismos a la Secretaría de Planeamiento Coordinación y Difusión en un plazo de treinta días a partir de la publicación de este decreto, Asimismo en igual plazo deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 13 del decreto 452/980 de fecha 26 de agosto de 1980.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.-

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