Decreto273-1979·1979

Habilitación del aeropuerto internacional de alternativa Santa Bernardina para la Importación de Animales y productos que se determinan

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16 de mayo de 1979

Fecha de publicación

7 de junio de 1979

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase por un período de 3 (tres) meses, a partir de la fecha de inhabilitación del Aeropuerto Internacional de Carrasco para aviones de carga, la introducción al país, por el Aeropuerto Internacional de Alternativa "Santa Bernardina", de semen proveniente de animales reproductores de pedigrí, huevos de aves para incubadoras, pollitos de pedigrí de 1 (un) día de edad y de aquellos animales no pertenecientes a las especies bovina, ovina, equina y suina, a los que la Dirección General de los Servicios Veterinarios del Ministerio de Agricultura y pesca conceda el permiso correspondiente.

Artículo 2Artículo 2

La Dirección General de los Servicios Veterinarios dispondrá la realización del contralor sanitario a ese nivel y la aplicación estricta de los artículos 6.o y 8.o del decreto 479/978, de 16 de agosto de 1978.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese,etc.

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