Decreto275-1968·1968

Administración Nacional de Puertos. Depósitos portuarios. Lanas

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

23 de abril de 1968

Fecha de publicación

26 de abril de 1968

Texto

Dispónese que los servicios a prestarse por parte de la Administración Nacional de Puertos, a la lana de exportación, serán efectuados siempre desde los depósitos portuarios terrestres.

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