Fijación de tarifas para el transporte interdepartamental de pasajeros, ejercicio 1974
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
10 de enero de 1974
Fecha de publicación
23 de enero de 1974
Texto
Fíjanse diversos porcentajes de aumentos en las tarifas de las Empresas de Omnibus de Transporte Interdepartamental de Pasajeros a partir del día 12 de enero de 1974, con concesiones para realizar servicios de línea regular: Agencia Central Cooperativa; Cooperativa Uruguaya de Transporte; Cooperativa Interdepartamental de Transporte Automotor S.A.; Cooperativa de Transporte de Paysandú; Cooperativa Obreros Ruta Azul; Organización Nacional de Autobuses S.A.; Empresa Salus; Compañía Oriental de Turismo; Cooperativa Omnibus Transporte Interdepartamental y Cargas TICO; Empresa Carlos F. Gutiérrez; Cooperativa Obrera de Transporte; Compañía de Omnibus de Pando S.A.; Empresa Vladimir Sabelín; Compañía de Omnibus Canelones Santa Lucía; Cooperativa Unión Transporte del Uruguay. Determínase que para las Empresas Rápido Minuano, Expreso Minuano y Devoto Hnos. que realizan servicios interdepartamentales Montevideo-Minas-Montevideo corresponde igualdad de tarifas. Déjase sin efecto el aumento provisorio previsto por la Resolución de fecha 31 de diciembre de 1973.
Normas sobre el mismo tema
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- Decreto 73-2026Incorporación al ordenamiento jurídico interno, el OCTAVO Protocolo adicional al acuerdo de alcance parcial sobre transporte internacional terrestre, suscrito con fecha 6 de noviembre de 2025, por los paises signatarios que se indican
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