Decreto32-1965·1965

Funcionarios. Mision Oficial. Transporte aereo

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28 de enero de 1965

Fecha de publicación

15 de febrero de 1965

Texto

Dispónese que los funcionarios en misión oficial o las delegaciones subvencionadas por el Estado que viajen al extranjero y se sirvan del transporte aéreo, deberán utilizar el servicio de Primeras Líneas Uruguayas de Navegación Aérea (PLUNA) o en su defecto las líneas en que dicho Organismo actúa como agente de viaje.

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