Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social a disponer para refuerzo de sus rubros de gastos, de la suma de nuevos pesos 20.064.85 (nuevos pesos veinte mil sesenta y cuatro con 85/100) depositada a la orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en la cuenta Nº 33.995/20 del Banco de la República "Cuenta Censo Laboral".