Artículo 1 — Artículo 1
Amplíase por última vez hasta el 30 de junio de 1975 el plazo establecido en el artículo 15º del decreto 575/974 de 12 de julio de 1974.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
30 de abril de 1975
Fecha de publicación
19 de mayo de 1975
Artículo 1 — Artículo 1
Amplíase por última vez hasta el 30 de junio de 1975 el plazo establecido en el artículo 15º del decreto 575/974 de 12 de julio de 1974.