DecretoNº 394-1967·1967
Jubilaciones. Pensiones. Revaluación
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
23 de junio de 1967
Fecha de publicación
28 de junio de 1967
Texto
Fíjase el índice de revaluación que se aplicará a las pasividades a cargo de las Cajas de Jubilaciones y Pensiones de la Industria y Comercio, Civiles y Escolares y de Trabajadores Rurales, Domésticos y de Pensiones a la Vejez.
Normas sobre el mismo tema
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