Decreto4-1966·1966

Seguridad social. Bases de datos. Pasividades

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de enero de 1966

Fecha de publicación

17 de enero de 1966

Texto

Establécese que el Centro Electrónico de Procesamiento de Datos, efectuará la revaluación de las pasividades de las Cajas Estatales de Jubilaciones, según las etapas indicadas por el artículo 88 de la Ley Nº 13.426 de fecha 2 de diciembre de 1965.

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