Artículo 1 — Artículo 1
Extiéndase a la Dirección General de Aeropuertos Nacionales, las disposiciones sobre viáticos contenidas en el decreto del Poder Ejecutivo 287/975 de 10 de abril de 1975 para los funcionarios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, debiéndose atener dichos gastos con cargo a "Rentas Afectadas a Aeropuerto".