Decreto474-1975·1975

Fijación de viáticos para el personal de la Dirección General de Aeropuertos Nacionales

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

10 de junio de 1975

Fecha de publicación

26 de junio de 1975

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Extiéndase a la Dirección General de Aeropuertos Nacionales, las disposiciones sobre viáticos contenidas en el decreto del Poder Ejecutivo 287/975 de 10 de abril de 1975 para los funcionarios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, debiéndose atener dichos gastos con cargo a "Rentas Afectadas a Aeropuerto".

Artículo 2Artículo 2

En los casos en que se provea alojamiento en Unidades o Reparticiones Militares a personal afectado a comisiones que den lugar a pago de viáticos, éstos serán reducidos en un 50%.

Artículo 3Artículo 3

Las disposiciones contenidas en los artículos precedentes, tienen vigencia con fecha 1º de julio de 1975.

Artículo 4Artículo 4

Publíquese y pase a la Dirección General de Aeropuertos Nacionales y a la Dirección Financiero Contable del Ministerio de Defensa Nacional.

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