DecretoNº 485-1968·1968
Ministerio de Obras Públicas. Contrataciones
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
6 de agosto de 1968
Fecha de publicación
9 de agosto de 1968
Texto
Se establece que las contrataciones efectuadas por el Ministerio de Obras Públicas para estudios, contralor, dirección y vigilancia de obras, no están comprendidas en prohibiciones dispuestas por la Ley Nº 13.640.
Normas sobre el mismo tema
- Decreto 145-2026Fijación de tarifas del transporte colectivo de pasajeros
- Ley 20480Aprobación del "convenio sobre transporte aereo entre la República Oriental del Uruguay y la República de el Salvador"
- Decreto 101-2026Reglamentación del decreto ley 10.383, relativo servidumbres para líneas de transporte de energia eléctrica
- Decreto 73-2026Incorporación al ordenamiento jurídico interno, el OCTAVO Protocolo adicional al acuerdo de alcance parcial sobre transporte internacional terrestre, suscrito con fecha 6 de noviembre de 2025, por los paises signatarios que se indican
- Decreto 192-2026Reglamentación del decreto ley 10.383, relativo servidumbres para líneas de transporte de energia eléctrica
- Decreto 62-2026Ratificación del nuevo valor del índice global (IG) previsto en el régimen de gestion integral del aeropuerto internacional de Carrasco "Gral. Cesareo L. Berisso", aprobado por decreto 376/002