Decreto498-1983·1983

Aprobación de tarifas de puertos turisticos. 1983

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16 de diciembre de 1983

Fecha de publicación

13 de enero de 1984

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Apruébanse las siguientes tarifas - a regir desde el 15 de diciembre de 1983 - para los servicios que la Dirección de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas presta en los Puertos Turísticos: (*)

Artículo 2Artículo 2

Mantienense vigentes las tarifas de amarre y guardería establecidas por el decreto 8/982, del 13 de enero de 1982.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a sus efectos. -

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