Decreto499-1977·1977

Fijación de la tasa de servicio de automóviles con taxímetros del aeropuerto internacional de Carrasco

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de setiembre de 1977

Fecha de publicación

15 de setiembre de 1977

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Modifícase el decreto 797/975 de fecha //Información ilegible en el original// de octubre de 1975, referente a los automóviles con taxímetro autorizados a operar en el Aeropuerto Internacional de Carrasco, en el sentido de elevar el arancel a N$ 175.00 (nuevos pesos cientos setenta y cinco) anuales, por cada vehículo, a partir del 1.o de enero del corriente año.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese y archívese. -

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