Decreto507-1976·1976

Suspensión de la aplicación del decreto 400/974, relativo al ajuste de regulacion de importación, armado y exportación de vehículos automotores

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

5 de agosto de 1976

Fecha de publicación

12 de agosto de 1976

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Suspéndase la aplicación del decreto 400/974 de fecha 23 de mayo de 1974, hasta el 31 de diciembre de 1976.

Artículo 2Artículo 2

La Comisión de la Industria Automotriz para la aprobación de los planes de importación, armado y exportación compensatoria correspondientes al año 1976, se limitará en todas las categorías que establece el artículo 1 el decreto 128/970 del 13 de marzo de 1970, a repetir los planes del año 1975, salvo en aquellas categorías en las que se deba aplicar coeficientes de compensación distintos, en cuyos casos se exigirán los que establezcan las disposiciones vigentes para 1976.

Artículo 3Artículo 3

Será de aplicación, para los productos de exportación que se utilicen en los programas de compensación, de las distintas categorías de vehículos a que hace referencia el artículo 1º parte final del decreto 128/970, el ajuste previsto para los reintegros en el artículo 1º parte final del decreto 246/973 de fecha 5 de abril de 1973 y concordantes.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.

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