Decreto517-1975·1975

Aprobación de tarifas de la Dirección de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Sección navegacion interior. Servicios de balsas. Servicios de pasajeros y carga. Febrero 1974

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26 de junio de 1975

Fecha de publicación

7 de julio de 1975

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Establécense - a partir del 1º de julio y hasta el 31 de diciembre de 1975 - las siguientes tarifas para los servicios que presta dentro del país, la Dirección de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas por intermedio de su Sección Navegación Interior: Servicios de Balsas Autos, carros, camionetas...........................$ 2.500.- Maquinarias agrícolas, tractores sin remolque......." 2.500.- Camiones, hasta cuatro ruedas......................." 2.500.- Tractores con remolque.............................." 5.000.- Camiones con más de cuatro ruedas..................." 5.000.- Omnibus con o sin pasajeros........................." 5.000.- Semi - remolque (tren o equipos)...................." 5.000.- Bicicletas, motos y jinetes........................." 250.- Animales (lanares, porcinos, bovinos, equinos)......" 250.- Carga cada 100 Kilogramos..........................." 250.- Por personas........................................$ 250.- Carga cada 100 Kilogramos o fracción................" 250.-

Artículo 2Artículo 2

Déjese sin efecto el decreto 842/974 de fecha 24 de octubre de 1974.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, Publíquese, etc.

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