Artículo 1 — Artículo 1
Suspéndese a partir de la fecha la vigencia de los beneficios legales en materia tributaria que goza la Empresa periodística "El Día", quedando sujeta al régimen tributario común.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
28 de setiembre de 1977
Fecha de publicación
3 de octubre de 1977
Artículo 1 — Artículo 1
Suspéndese a partir de la fecha la vigencia de los beneficios legales en materia tributaria que goza la Empresa periodística "El Día", quedando sujeta al régimen tributario común.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese a la Dirección General Impositiva, a la Dirección Nacional de Aduanas, al Banco de la República Oriental del Uruguay y a todo otro organismo público involucrado, para su cumplimiento efectivo.
Artículo 3 — Artículo 3
Pase a la Jefatura de Policía de Montevideo para su notificación a la Empresa "El Día".
Artículo 4 — Artículo 4
Dése cuenta al Consejo de Estado.
Artículo 5 — Artículo 5
Publíquese, etc.